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Así puedes consultar tus multas de la DGT

Las multas de la DGT se pueden consultar por vía electrónica, sin esperar a que te envíen la carta (que no siempre llega).

No son pocas las veces que uno tiene la duda de si le han puesto una multa de la DGT y se le hace eterna la espera hasta que le llega la notificación a casa. En otras ocasiones, por el contrario, la carta de Tráfico ni siquiera llega por problemas en la entrega o porque simplemente los datos de contacto están mal en las bases de datos oficiales. A continuación te indicamos cómo debes hacer para comprobar si tienes una multa de la DGT aunque no te haya llegado la notificación.

Antes de nada, conviene recordar que en caso de que te hayan puesto una multa por un radar o cualquier otra forma, tienes un periodo de 20 días naturales desde la notificación de la multa de la DGT para beneficiarte de una rebaja del 50 % en el coste. Transcurrido este tiempo, habrá que abonarla el completo. Hay que tener claro que en caso de recurrir se pierde el derecho al ‘descuento’. Y, también, has de tener claro que a partir del día 45 sin abonarla se aplica un añadido del 20 % por no haberla pagado.

Consulta el Testra y el TEU

En este caso el acceso es fácil pues no necesitas firma digital ni clave electrónica. Tus datos son de libre acceso tanto en el Tablón Edictal Único (TEU) como en el Tablón de Edictos Electrónicos (Testra). Se trata este de un servicio de recopilación de notificaciones públicas del BOE y de acceso libre para los interesados. Aquí podrás consultar todo tipo de sanciones, no solo las de Tráfico, que te hayan puesto.

Tan solo has de hacer una búsqueda avanzada en la que indiques tu nombre completo, tu DNI o la matrícula del coche para encontrar la multa de la DGT. También se indicará qué administración ha puesto la multa y los plazos que tienes para recurrir.

Cabe recordar que uno puede solicitar que sus datos no sean públicos dándose de alta en la lista de excluidos. El objetivo es que no sean accesibles para cualquiera teniendo en cuenta que algunos de estos pueden ser considerados de índole personal para evitar así que estén acceso de cualquier.

Eso sí, los datos seguirán estando disponibles para el Defensor del Pueblo, el Ministerio Fiscal, la Agencia Tributaria, jueces y tribunales así como el organismo que haya emitido un edicto o sanción en contra.

Dirección Electrónica Vial

Se trata de un buzón electrónico en el que se realizarán todas las comunicaciones y notificaciones que desde la DGT te tengan que realizar. Este sistema sustituirá al método de carta tradicional y tendrá los mismos efectos jurídicos que esta. Se podrá controlar desde la propia página de la DGT y se enviará un aviso al correo electrónico del interesado para que sepa que le ha llegado una comunicación oficial. Mucho cuidado, que a veces llega a la bandeja de spam y no a la principal por lo que podríamos no verlo a la primera.

De esta manera, se evitarán los engorros de tener que comunicar cada cambio de vivienda a Tráfico. Sin embargo, no todos los organismos públicos se han incorporado a la DEV por lo que, los que no hayan hecho esta transición, seguirán empleando el método tradicional de la comunicación por carta. El alta es voluntaria para las personas físicas pero obligatoria para las personas jurídicas y no conlleva coste alguno.

Una vez que se descarga la notificación, uno tiene 10 días naturales para su lectura, en caso de no hacerlo, se considerará como rechazada. Y, una vez leída, dispone de los mismos plazos para el pago como si se tratara de una multa al uso: 20 días naturales para efectuar el pago de la multa de la DGT a partir del cual tendrá que pagar su cuantía al completo. Además, también tendrá derecho a recurrir y se aplicarán los mismos sobrecostes por no pagarla a tiempo.

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