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Comerse una magdalena al volante, el último peligro multado por la DGT

La última multa viral puesta por la DGT no deja indiferente a nadie. Comerse una magdalena es incompatible con la conducción.

Cada poco tiempo se filtra en redes sociales, o nos hacen llegar a ClicaCoches, algunas multas que son inverosímiles de creer por los motivos por las que se imponen y por la cuantía que conlleva. Uno puede estar de acuerdo o no, pero hay ocasiones que parecen exageradas, especialmente por los comportamientos que todos vemos en nuestras carreteras y que quedan impunes. La última que nos ha llegado ha sido una sanción impuesta a un conductor por comerse una magdalena, un desayuno que a tenor del coste de la sanción, le va a salir muy caro.

La podría recurrir aunque entonces perdería la posibilidad de beneficiarse del ‘prontopago’ por el que reduciría el importe de la multa establecido en 80 euros y que se le quedarían en 40 euros si la paga en los primeros 15 días.

Y ahora es cuando llega la pregunta, ¿se puede multar por comer o beber al volante? La respuesta no está clara pues esta sanción queda a interpretación del agente.

Hay que prestar la máxima atención a la carretera

El Reglamento General de Circulación indica en su artículo 18.1 que el conductor está obligado a mantener en todo momento una adecuada libertad de movimiento y a prestar atención permanente a la conducción. Además, en el artículo 3.1 del mismo prohíbe conducir de modo negligente o temerario. Y, en el artículo 7.1 del Código de Circulación se establece que los conductores deben estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos.

Tras valorar todo esto, se deja en manos del agente la valoración e interpretación sobre el peligro del comportamiento del conductor. Así, comer o beber podría ser sancionable siempre que se considere una acción negligente y reste seguridad a la conducción al no tener las dos manos en volante o no tener capacidad de reacción ante una situaci´no de peligro.

Y es precisamente esto lo que alega el agente al imponer la sanción, y así lo indica en el escrito: “Conducir un vehículo sin mantener la atención permanente a la conducción, circula portando una magdalena en la mano izquierda comiéndosela mientras conduce”.

Entiende el agente que mantener la comida en la mano es una acción negligente y por tanto sancionable.

Otros comportamientos habituales por los que te pueden multar

Son muchos los comportamientos que hacemos de forma inconsciente al volante y que podrían ser sancionables del mismo modo que lo es comer o beber. Y no hablamos de hablar por teléfono o manejar dispositivos electrónicos sino de conducir con chanclas o tacones, utilizar ropa de abrigo que limiten nuestra movilidad o tirar algo por la ventanilla.

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  • Mucho tiempo libre tienen para no dejarnos ni trabajar se piensan que nuestro trabajo está echo como el sullo que se pasan el día sentados con millones de radares para ni molestarse denuncias ridículas