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Guía para moverte en coche en el Madrid confinado, qué puedes y qué no puedes hacer

Estas son las limitaciones de movilidad de las localidades confinadas de la Comunidad de Madrid.

El pasado viernes, a las 22:00 de la noche, entraba en vigor el confinamiento de un total de 10 ciudades de la Comunidad de Madrid impuesto por el Gobierno de España con el objetivo de contener la expansión del virus Covid-19 por la región. Sin embargo, aunque este cierre es efectivo, por el momento no habrá multas, tan solo retenes informativos, tras el recurso interpuesto por el Gobierno de la Comunidad. Aun así, son muchas las dudas que hay entre los ciudadanos sobre qué se puede hacer y qué no en dichas localidades.

Cabe recordar que el motivo por el que se han cerrado estas ciudades es por la alta incidencia del virus, al menos 500 casos por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días (la Comunidad había perimetrado antes hasta 37 áreas sanitarias al presentar una incidencia de más de 1.000 positivos por cada 100.000 habitantes).

Las localidades que han sido confinadas son Madrid (777 casos/100.000 habitantes), Fuenlabrada (1.166), Parla (1.156), Alcobendas (979), Torrejón de Ardoz (795), Getae (773), Alcorcón (753), Leganés (725), Móstoles (629) y Alcalá de Henares (526).

Retenes informativos

Este confinamiento de las localidades impide entrar o salir de las ciudades afectadas aunque sí permite moverse libremente por todo su término municipal, aunque las recomendaciones de las autoridades son las de minimizar los desplazamientos para evitar nuevos contagios. Esto afecta a los vehículos, por lo que uno podría moverse en coche dentro de la localidad aunque no salir de esta.

Sin embargo, hay una serie de justificaciones que permiten salir o entrar de las ciudades confinadas: asistir a centros sanitarios, desplazarse al trabajo, acudir a centros educativos y universitarios, retornar al lugar de residencia, cuidar a personas mayores, menores y dependientes, desplazarse a entidades financieras, renovar documentaciones oficiales, realizar exámenes o pruebas oficiales inaplazables, realizar una clase de la autoescuela o pasar la ITV.

Para justificar esta salida se necesita un documento que muestre la necesidad de su desplazamiento tal como un justificante del trabajo donde refleje la dirección de su puesto de trabajo y su horario, la matrícula del centro educativo o el resguardo de la cita con el médico o el centro ITV.

En el caso de los autónomos también deben realizar un documento en el que muestren su actividad y los motivos de su desplazamiento.

Multas

Aunque por el momento no se van a multar, esto queda a la espera de que se pronuncie el Tribunal Superior de Madrid, ya se están haciendo controles aleatorios en los accesos de estas ciudades y el incumplimiento de esta perimetración de las ciudades supondría una multa de entre 600 y 600.000 euros, con la posibilidad de entrar en la cárcel dependiendo de la gravedad de la infracción.

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