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Las multas de la DGT ante los nuevos límites de velocidad de las ciudades

La DGT da a conocer cómo quedarán estructuradas las multas de circulación con los nuevos límites de velocidad de las ciudades.

El próximo año entrarán en vigor los nuevos límites de velocidad en nuestras calles, esos que harán que en una calle con un carril por sentido no se puedan superar los 30 km/h, aunque habrá vías que reduzcan esta máxima a solo 20 km/h. Con esta reducción de la máxima se espera reducir la siniestralidad, especialmente la relativa a los atropellos. Ahora ya sabemos las multas que conllevará superarlos, y mucho cuidado porque en algunos sitios, circular a solo 25 puede salir realmente caro.

Se trata de una modificación del artículo 50 del Reglamento General de Circulación que ya ha sido aprobado por el Consejo de Ministros y que ya ha sido publicado en el BOE. Aunque no se empezarán a aplicar hasta mayo del próximo año. En estos seis meses se darán a conocer las nuevas limitaciones a la ciudadanía y se espera que estos aprendan a convivir con ellas antes de que lleguen las primeras multas.

Desde la propia DGT justifican esta bajada de la velocidad máxima de las ciudades, fueron sus principales impulsores, porque según explican, al bajar la velocidad de 50 km/h a 30 km/h aumentará las posibilidades de sobrevivir a un atropello de un 10 % a un 90 %, mientras que los accidentes bajarán en un 40 %. Además, hay que recordar que buena parte de las ciudades españolas se han adelantado a esta medida del Gobierno y han limitado algunas de sus calles a 30 km/h.

Multas por superar los límites de velocidad de 20 km/h

Esta reforma establece que las calles de un solo carril en las que no exista diferenciación de altura entre la acera y la calzada tendrán una velocidad máxima de 20 km/h. Se trata de calles en las que vehículos y peatones conviven en una misma plataforma aunque se prevé que los viandantes tengan preferencia de uso.

Aquí las multas de la DGT llegarán solo por circular a 21 km/h: 100 euros, aunque no conllevará resta de puntos. Esta pérdida comenzará a partir de 41 km/h a lo que se sumará una sanción de 300 euros. Y a partir de 51 km/h la cuantía ya será de 400 euros mientras que se perderán 4 puntos del carné de conducir.

En este tipo de vías se considerará infracción grave, es decir, podrías ir a la cárcel, rebasar los 70 km/h (600 euros de multa y 6 puntos de carné).

Las sanciones en las calles limitadas a 30 km/h

El límite de 30 km/h llegará a las calles que tengan un carril por sentido pues se entiende que se les considera residenciales y con alta presencia de niños y personas mayores. Aquí las primeras multas llegarán a partir de 31 km/h (100 euros) y los primeros puntos se restarán al superar los 51 km/h (300 euros  y 2 puntos).

Se considerará infracción grave, lo que podría conllevar pena de cárcel, si se circula por una de estas vías a una velocidad igual o superior a 81 km/h. Esto, como mínimo supondrá una sanción de 600 euros y 6 puntos del carné de conducir

Calles con velocidad máxima de 50 km/h

Mantendrán las mismas sanciones vistas hasta ahora. Serán penalizados con 100 euros de multa quienes circulen entre 51 km/h y 71 km/h mientras que las primeras detracciones de puntos aparecerán al superar los 71 km/h (2 puntos y 300 euros). Y se considerará infracción grave con peligro de ir a la cárcel si se superen los 101 km/h.

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