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La normativa de movilidad de Madrid, ¿a los juzgados por discriminatoria?

diésel Madrid

Como era de esperar, ya han llegado las primeras voces que no están de acuerdo con la nueva normativa de movilidad del Ayuntamiento de Madrid. Pyramid Consulting, bufete especializado en tráfico y transporte, entiende que las restricciones de velocidad, uso y acceso a determinadas zonas de vehículos particulares por cuestiones de edad o mecánica es discriminatorio, especialmente porque estos que se verán privados de la libre circulación con sus vehículos, pagan de igual forma el impuesto de circulación.

Al menos así lo han señalado al diario ABC. Recuerdan los efectos negativos que tendrá a nivel laboral y económico en las zonas del centro que se verán afectadas. Así, Pyramid Consult ya habría comenzado a estudiar las vías para impugnar este nuevo marco jurídico. Aquí tienes un avance de todas las fechas que debes tener en cuenta sobre las prohibiciones y limitaciones que sobrevuelan la capital.

Novedades en la circulación de Madrid

Se ha creado un nuevo Área de Prioridad Residencial en el centro de Madrid. No podrán acceder los vehículos con mecánica diésel de antes del año 2006 y con mecánicas gasolina matriculados antes del año 2000 . Además, también estarán vetados los vehículos que no posean la pegatina de la DGT (ya están agotadas) que clasifica los vehículos por su nivel de contaminación. Y no solo eso, las motos anteriores a 2003 también podrían abandonar el centro de la ciudad. En el centro, solo vehículos nuevos. Y mecánicas limpias.

Así mismo, se ha limitado el límite de circulación a 30 km/h en las calles que cuenten con un carril por sentido. Y es ha limitado el uso de los patinetes y bicicletas eléctricas. Estos solo podrán utilizarse por las aceras si no superan los 5 km/h, la velocidad de un peatón. Y las motocicletas no podrán aparcar en las aceras que tengan un espacio reservado para estacionar. El objetivo es dejar hueco suficiente para los peatones y para que las personas con movilidad reducida puedan circular sin problemas.

Regulación de moto, bicicleta y patinete de alquiler

En cuanto a las compañías de moto y patinete de alquiler, no podrán ocupar más del 50 % el espacio de aparcamiento de una calle  reservado para estos efectos y solo podrán establecerse estos servicios a través de un concurso público, cumpliendo unas condiciones de seguridad y un mantenimiento pertinente. Además, ahora deberán contar con un seguro para los ocupantes, aspecto que hoy día que no siempre cumplen las bicicletas y patinetes eléctricos de alquiler. Igualmente, solo podrán aparcar si dejan un espacio equivalente a tres motos para que los peatones pasen por la acera.

Y, ojo, que todo esto es aparte del nuevo protocolo anticontaminación de la capital. Este entrará en vigor solo y cuando las estaciones de medición de la contaminación muestren niveles demasiado altos.

Carlos Olmo

Desde pequeño dando la tabarra con los coches en casa. He conseguido convertir mi pasión en mi profesión, y llevo más de diez años intentando ponerme al volante de cualquier coche y reflejar mis impresiones en un folio en blanco. Producto, competición, producción, concesionarios, mercado, talleres, componentes, primer equipo, clásicos… no en este orden pero de todo he escrito. Y espero seguir escribiendo durante mucho tiempo.

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