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Los vehículos industriales tendrán una nueva jubilación

Los vehículos industriales ya no tendrán por obligación tramitar su baja en el CAT.

Los vehículos industriales ya no tendrán por obligación tramitar su baja en el CAT

Arranca el año y la Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos a Motor (GANVAM) recuerda que para 2017 habrá novedades en relación al mercado de los industriales.  De hecho, todavía se sigue trabajando en el rejuvenecimiento del parque, que a día de hoy supera los quince años de media.

Así, aunque actualmente no es obligatorio que estos vehículos pasen por un centro de tratamiento autorizado (CAT) para tramitar su baja definitiva, a partir del mes de junio la normativa dará giro radical.

Nuevo procedimiento de entrega

Los vehículos industriales ya no tendrán por obligación tramitar su baja en el CAT.

Desde junio, sólo será posible tramitar en la Jefatura de Tráfico bajas por exportación, modelos de época o históricos y vehículos que materialmente ya no existan, aportando la documentación necesaria. En este sentido, ya no es suficiente con una declaración jurada, y se entiende justificada, cuando  la última ITV se realizó hace más de 15 años y durante ese periodo no consta transacción o anotación alguna en el historial del vehículo.

Por lo tanto, la patronal confirma que el procedimiento para dar de baja un industrial comenzará con la entrega del vehículo en el CAT. Se presentará la solicitud de baja firmada por el titular o propietario, acompañando una declaración jurada de que dispone del vehículo, documentos de identidad o representación, permiso de circulación y tarjeta de inspección técnica.

Una vez entregada la documentación, el CAT consultará en el Registro de Vehículos que no existen cargas administrativas o multas pendientes y, si todo está en orden, comunicará la solicitud de baja a la jefatura provincial correspondiente.

La jefatura provincial, por su parte, anotará la baja definitiva y emitirá un certificado acreditativo que remitirá al CAT para que se lo entregue al solicitante. En el caso de que hubiera alguna traba que impidiera tramitar la baja, Tráfico se encargaría de emitir un documento con el defecto que hay que subsanar para que el CAT se lo entregue al solicitante y pueda hacer las gestiones antes de volver a solicitar la baja.